El Tribunal Superior de Justicia, TSJ, ha anulado el decreto a través del cual se daba como firme una sentencia del Juzgado número 4 de lo Contencioso Admnistrativo de Alicante. Es decir, el TSJ ha modificado su dictamen y de esta forma el Ayuntamiento de Onil sí podrá recurrir el dictamen judicial a través de un recurso de casación, que ya está redactando tal y como ha informado a este periódico la alcaldesa, Humi Guill.
Este nueva orientación del caso da una última posibilidad al consistorio para poder evitar el pago de la condena de cerca de 261.000 euros. Guill afirma que no se “pudo desarrollar el plan porque el proyecto tenía errores por lo que entendemos que no procede ninguna indemnización a la empresa”.
Un asunto judicial que arranca en 2001
Los hechos se remontan a 2001 cuando la promotora Rabel Construcciones presenta al Ayuntamiento una propuesta para desarrollar el sector APD-10 del Plan General de Ordenación Urbano del municipio. En febrero de 2002 el pleno aprobó el Plan de Ordenación Integral, PAI, de esta empresa, pero finamente escogió como agente urbanizador a los vecinos de la zona, que se constituyeron en una Agrupación de Interés Urbanístico.
El conflicto legal se genera cuando esta agrupación vecinal decide no desarrollar el PAI y el Ayuntamiento no prosigue la tramitación de este plan parcial.
El empresa demandante sostiene que el Ayuntamiento “no ha cumplido las condiciones para la adjudicación definitiva y el sector sigue sin desarrollarse, los proyectos están pendientes tanto de corregir como de pagar y las obras no han empezado ni podrán hacerlo a medio plazo. Es su responsabilidad legal, ya que el urbanismo es una función pública y el urbanizador es un mero gestor puntual y prescindible".