Después de tres apelaciones, el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Alicante de enero de 2021 por la que se condena a cuatro años de prisión a un vecino de Ibi de 73 años por abusos sexuales continuados a una menor, aprovechando la relación de amistad y confianza que le unía a la familia de la niña, que tenía 13 años cuando ocurrieron los hechos, según consta en la sentencia.
Además, la Audiencia acaba de denegar la suspensión de la ejecución de la pena impuesta mientras se resuelve su petición de indulto y, por tanto, debe ingresar ya sin demora en prisión, según fuentes de la defensa.
Los hechos se remontan a mediados de 2017, cuando el condenado, residente en el barrio de los Reyes Magos y miembro de una numerosa peña ciclista local, acudía a la vivienda de los padres de la niña para acompañar a su nieto a recibir clases particulares en el domicilio.
La resolución judicial señala que tres de los casos de abusos sexuales se produjeron con la excusa por parte del condenado de darle un masaje a la niña y el detonante que hizo saltar todas las alarmas fue la negativa de la menor a ir con el resto de la familia al cumpleaños del nieto del acusado, temerosa de encontrarse nuevamente con él.
Los abusos sufridos por la víctima fueron corroborados por psicólogos y otros profesionales, a los que acudió la familia, y finalmente en enero de 2018 los padres interpusieron la denuncia.
Después de casi cuatro años, dos declaraciones en el juzgado de Ibi, un juicio de tres días en la Audiencia provincial y nueve jueces, el caso se ha cerrado.
Distancia e indemnización
Además de una pena de cuatro años de cárcel, el tribunal le ha impuesto al condenado la prohibición de aproximarse y acercarse a la menor a una distancia de 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por tiempo de ocho años.
Igualmente permanecerá en libertad vigilada durante cinco años tras cumplir la sentencia y estará inhabilitado por un periodo de ocho años para ejercer cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores. También debe indemnizar a la víctima de los abusos con 19.406’59 euros en concepto de responsabilidad civil.
Ingreso en prisión
Tras la ratificación de la condena a principios de diciembre pasado, la sección tercera de la Audiencia de Alicante concedió quince días al penado para que ingresara voluntariamente en prisión, con la posibilidad de elegir del centro penitenciario.
Sin embargo, el condenado presentó in extremis el 4 de enero una petición de indulto total al Gobierno y solicitó a la Sala la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad mientras se resuelve el indulto.
Alega en su defensa que carece de antecedentes delictivos, que siempre se ha presentado ante la Justicia cuando ha sido requerido y que es una persona de 73 años, perfectamente socializada, con familia y domicilio fijo.
La Audiencia ya se ha pronuncia, emitiendo el diez de enero un auto donde deniega la suspensión de la ejecución de la penal al considerar, en base a la Ley de Ejecución de Gracia, que “una sentencia deberá ser ejecutada, con independencia de dicha propuesta, que en su caso desplegaría sus efectos una vez concedida”.
Jajajaja jajajaja 4 años de cárcel que poca vergüenza , mínimo cadena perpetua en fin , me voy a callar
A mi tambien me parece poco tiempo, mucho animo a la chica y a la familia. Si nos fijamos en estos casos siguen un patron muy similar , era amigo, familiar o un conocido de la familia de la victima todavia lo hace mas depravante si cabe. Aprovecha esa situacion. Uno nunca sabe pero cuidado en quien confiamos nuestros hijos e hijas.