La sala tercera de la Audiencia Provincial ha absuelto del delito de prevaricación a la exedil del PP Ana Sarabia por su gestión al frente del Polideportivo municipal durante los años 2005 y 2006.
Sarabia queda libre, pues, de todas las acusaciones que la llevaron a dimitir de sus cargos públicos en 2009, después de que el Ayuntamiento y el Ministerio Fiscal retirasen los delitos de malversación de fondos públicos y de negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios.
En la sentencia, tras el juicio celebrado los días 19, 20 y 22 de octubre, el tribunal concluye que “las actividades que pudo llevar a cabo desde el Polideportivo Municipal la acusada, y que ignoramos qué concretos cursos o viajes fueron, no se hallaban reguladas al menos en los años 2005 y 2006 por normas concretas, ordenanzas, etcétera. Luego ya falta un elemento esencial para la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de prevaricación. De hecho, las acusaciones no han mencionado una sola norma presuntamente infringida y, uno tras otros, los testigos que han depuesto en el juicio, han manifestado que las actividades realizadas no estaban sujetas en su realización a una normativa específica”.
Sobre las contrataciones de monitores para la realización de actividades, los magistrados de la sala tercera apuntan a una posible “arbitrariedad en la selección de algunas personas”, pero sentencia que “resulta imposible incardinar tal imputación genérica en el precepto invocado, dada la inconcreción de la imputación misma que se realiza en los escritos de calificación de las acusaciones. Ni se han mencionado fechas, ni personas, ni sabemos en qué circunstancias se produjo su contratación o el perjuicio que la misma causó”.
Consideran, además, que en el ámbito del derecho penal la condena requeriría de un más profundo conocimiento sobre las contrataciones realizadas, “conocimiento del que carecemos por completo”.
En cuanto a la caja B, la sentencia concluye que “queda acreditado que dichas cantidades no son dinero público y no están sujetas a fiscalización”. “En todo caso -agregan- no se imputa a la acusada un delito de malversación tras la modificación de sus conclusiones por la acusación particular”.
Fundamentales han sido las declaraciones en el juicio del exgerente del Polideportivo y del interventor municipal, como señala el tribunal, quien califica de “relevante” la declaración de este último en relación a las actividades realizadas por la acusada, ya que afirmó “que no eran actuaciones administrativas” y que “no había ordenanzas que las regularan”.
Por su parte, el exgerente del Polideportivo, Antonio López, declaró que las actividades organizadas eran convenientemente publicitadas y se informaba de las mismas al pleno, en el que “todos aplaudían” las iniciativas de la sra. Sarabia.
Juicio político
El abogado de la defensa, Enrique Botella, muestra su satisfacción porque “se ha cumplido todo lo que hemos ido planteando desde abril de 2019 y la sentencia deja claro que los hechos no constituyen un delito de prevaricación”. Insiste en la idea de que “todo ha sido una auténtica caza de brujas con fines políticos” y lamenta que hayan transcurrido doce años “en los que a Ana Sarabia se ha visto sometida a un juicio político”.
Opina el letrado de la defensa que tendría “que haberse elegido la vía contencioso-administrativa y no la penal” para juzgar estos hechos, circunstancia que hubiese acelerado, posiblemente, su resolución.
Y ahora con la honorabilidad de esta señora que hacemos Debería haber una cola de impresentables a la puerta de su casa PARA PEDIRLE PERDON, por todas las infamias y calumnias que sobre ella han vertido. Enhorabuena Ana