La entrada en vigor, desde el uno de enero, del reciente impuesto al plástico no reutilizable, va a suponer un aumento de costes para las empresas del sector que se verá repercutido en el consumidor final.
Así lo sostiene el director de IBIAE, Héctor Torrente, quien explica que este impuesto tiene únicamente un afán “recaudatorio’ y restará competitividad a las empresas de este país “ya que únicamente se aplica en España”.
El nuevo impuesto medioambiental para envases de plástico no reutilizables comenzó a aplicarse el 1 de enero, aunque ya estaba recogido en la ley de residuos que entró en vigor en abril de 2022. El precio del nuevo impuesto se dará por la cantidad de plástico no reutilizable que contienen los productos que entran en la normativa. En este caso son 45 céntimos por kilogramo de peso. La medida afectará a más de mil empresas de la Comunidad Valenciana vinculadas directamente con el plástico, de las que el 40% se dedican a la fabricación de envases reutilizables.
El principal objetivo es promover la prevención de residuos en envases no reutilizables y potenciar el reciclaje de plástico, sumándose de esta forma todas las empresas a la economía circular del plástico.
Sin embargo, para la industria no está claro que haya que gravar el plástico para hacerlo más eficiente y sostenible. Torrente afirma que el impuesto perjudicará mucho a las empresas de la comarca, “que están viendo como han aumentado sus costes de administración inherentes a la aplicación de esta tasa”. Asimismo, añade, “se ha creado una competencia desleal frente a productos fabricados con otros materiales, como el vidrio, y la escasez de plásticos reciclados repercutirá también en los precios”. Por ello, señala, “es un impuesto recaudatorio que se trasladará al consumidor final”.
El director de IBIAE lamenta que el Gobierno no haya dicho a dónde irán a parar los más de 700 millones de euros que se van a recaudar con el impuesto, quien estima que el dinero debería revertir en formación, economía circular y en mejorar las plantas de recuperación de plásticos. Para hacer frente a su imagen negativa, Torrente apuesta por poner en valor este material que “es un bien necesario”, presente en la mayoría de los productos que consumimos y que destaca por sus bondades y su capacidad infinita de reciclaje.
Campaña de IBIAE
La Asociación de Empresarios Foia de Castalla lanzó a principios de octubre pasado la campaña Infinitamente reciclable, con el objetivo de poner en valor el plástico, mediante información y vídeos donde queda constatada la relevancia de este material en el día a día de las personas.
Según explica Héctor Torrente, la campaña ha funcionado muy bien, porque se ha visto en muchas instancias y ha causado una grata impresión. “Estamos muy contentos’. Por eso, la asociación estudia la viabilidad de seguir difundiendo el mensaje en los centros educativos para concienciar sobre este asunto.
Productos a los que afecta el impuesto
El impuesto afecta a todos los envases, incluidos los destinados a “contener, proteger, manipular, distribuir y presentar” mercancías. Esto es, por tanto, desde vasos de plástico hasta los propios rollos que se utilizan para embalar durante el transporte de productos.
No afecta a los que forman parte “integrante” de un producto y son necesarios para preservarlo durante su vida útil, es decir, cuando todos sus elementos estén destinados a ser usados o eliminados conjuntamente. Envases primarios, secundarios y terciarios. Van desde botellas o latas de refresco hasta las cajas en las que se guardan o los palés de transporte.
Productos con plástico destinado al cierre. Por ejemplo, las hebillas, pinzas, cerraduras, clips de cerrado o bolsas con cierre hermético.
Productos destinados a la obtención de envases de un solo uso. Por ejemplo, las preformas o las láminas de termoplástico.
El impuesto no solo se aplica para los que se fabrican en España, también para los que se importan de manera intracomunitaria si contienen plásticos que no sean reutilizables, siempre que la cantidad sea superior a cinco kilogramos.
Productos exentos
Según la normativa, no estarán sujetos al nuevo impuesto las pinturas, tintas, lacas o adhesivos que se incorporan a los productos destinados a contener o proteger productos. Además, no se aplicará para las “pequeñas importaciones” intracomunitarias de envases cuya cantidad total de plástico no reciclado sea menor a cinco kilogramos.
Tampoco los preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario, los rollos de plástico para ensilados de uso agrícola y ganadero, ni los relacionados con usos médicos especiales.