Las obras para la construcción del pabellón deportivo del CEIP Mare de Déu de la Salut se iniciaron el verano pasado, dentro del programa Edificant ofrecido por Consellería.
A principios de octubre de 2021 se concluyó la construcción del edificio exterior, lo cual no significaba, y así se os hizo saber en repetidas ocasiones en las sesiones del los Consejos Escolares escolar y municipal, la finalización de las obras. Desde octubre hasta diciembre, por parte de la Dirección del centro se realizaron diversas peticiones que llevaron a modificar el proyecto hasta en tres ocasiones, no teniendo la modificación definitiva hasta diciembre para iniciar los trámites de la ampliación del proyecto. Es importante señalar que todas estas solicitudes de mejora por parte del centro eran absolutamente razonables y estaban perfectamente justificadas, y se pidieron a medida que se detectaron una vez la obra del edificio estuvo concluida.
Paralelamente a esta situación, nos encontramos con dos cuestiones que implicaron una demora considerable en los plazos
1. La primera fue que el equipamiento deportivo no estaba contemplado expresamente en el proyecto inicial, y por tanto la empresa adjudicataria de la obra interpretó que si no estaba incluido, tal vez se pretendía reutilizar el existente. La no inclusión del equipamiento no se debió a “un olvido”, sino a una discrepancia de criterios, ya que tanto la dirección facultativa del proyecto como la arquitecta municipal interpretaron que la construcción del pabellón implicaba tanto el edificio como el material.
2. La segunda fue por una discrepancia entre la empresa constructora y la arquitecta municipal sobre si la pista exterior cumplía o no con los parámetros de resbaladicidad correctos. Finalmente, quedó patente que los argumentos de la arquitecta municipal eran correctos, y tan pronto la cuestión quedó clara, se empezó a buscar una solución al problema.
Ante los imprevistos surgidos, viendo que el uso de las instalaciones se iba a demorar más de lo previsto, desde el Ayuntamiento, conjuntamente con la Dirección del centro, empezamos a buscar posibilidades que permitieran al colegio poder utilizar el interior del pabellón durante las clases de Educación Física. Por ello, se realizó un Acta de ocupación que permitía al centro hacer uso del pabellón mientras continuaba el proceso.
El pabellón se estuvo utilizando para realizar las clases de Educación Física desde el día siguiente a la firma del Acta de ocupación el 15/11/21, hasta que llegó el material deportivo (con una ampliación del contrato inicial) y se cerró para su colocación.
La previsión de la empresa que realiza las obras era realizar paralelamente la instalación del equipamiento deportivo y la adecuación de la pista exterior, dando por finalizadas las obras el 12 de abril de 2022. Esto no fue posible debido a las inusitadas lluvias que hemos tenido este¡ año desde mediados del mes de marzo y durante el mes de abril. Por ello, la empresa sólo pudo trabajar en el interior. Asimismo, las lluvias pusieron de manifiesto la existencia de algunas goteras, y así se notificó a la empresa, que rápidamente procedió a repararlas.
Actualmente, debido a la situación meteorológica descrita, la pista exterior no da el porcentaje de humedad adecuado para que se pueda extender el composán, y dar por finalizad la obra.
Desde que pararon las lluvias se han realizado hasta tres mediciones en semanas sucesivas, todas ellas sin obtener los parámetros necesarios para la reanudación de los trabajos.
Por ello, no sabemos cuándo se podrá finalizar, pues depende de factores externos que no podemos controlar. Cuando se realice el trabajo en la pista, se aprovechará también para cambiar el sentido de las persianas de las ventanas del pabellón e instalarlas en el exterior, ya que al no disponer de cristales (como marca la normativa) se ha observado que la instalación exterior ofrecerá a la pista interior mayor protección en caso de lluvia intensa y viento.
Puesto que la prioridad del Ayuntamiento de Onil es poner a disposición del centro y de los ciudadanos el uso total del pabellón tan pronto como sea posible, y dado que la finalización de las obras queda condicionada por el grado de humedad de la pista, desde el día 3 de mayo de 2022, se ha preparado por la Oficina técnica una acta de ocupación, que se firmará a continuación, donde se indica:
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ACTA DE OCUPACIÓN DE LAS OBRAS
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reunidos en el día de la fecha que se relacionan al pie de esta Acta, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, hacen constar:
• Que se procede a la ocupación de la obras previas a su recepción, en virtud del Artículo 234.6 de la Ley de Contratos del Sector Público, por las siguientes razones:
? Por razones de déficit de infraestructuras deportivas en el municipio, tanto el Ajuntament d’Onil como el CEIP Mare de Déu de la Salut, han comunicado la necesidad de ocupar las obras terminadas con el fin de desarrollar actividades deportivas en condiciones de confort térmico tanto para el alumnado como para la ciudadanía.
? Con fecha 12 de noviembre de 2021, la obra consignada ha sido finalizada según el proyecto aprobado y se encuentra en buen estado general, siendo susceptible de ser ocupadas por la propiedad en correctas condiciones para ser dedicada a su uso y ocupación. A la presente acta se adjunta un anexo de reparos cuya subsanación deberá tener lugar antes de la firma del Acta de Recepción de las obras.
• Que las obras terminadas susceptibles de ser ocupadas corresponden con el edificio destinado a pabellón polideportivo junto con las dependencias interiores del mismo, habiéndose ejecutado las citadas obras con arreglo a las prescripciones técnicas del proyecto (Artículo 168 RLCAP).
• Que las obras que no son objeto de ocupación corresponden con las pistas deportivas exteriores, habiéndose encontrado en ellas actuaciones que, por condicionantes técnicos, climatológicos y de aplicación prescritos por el fabricante, están pendientes de ejecución. El detalle de dichas actuaciones se consigna en el anexo a la presente Acta (Artículo 168 RLCAP). La realización de estas actividades pendientes habrá de tener lugar antes de la firma del Acta de Recepción de las obras.
• Que durante el tiempo en que se ejecuten las actuaciones pendientes de ejecución, no se permitirá la ocupación de la obra.
• Que una vez subsanados los reparos advertidos en las obras y una vez ejecutadas las actuaciones objeto de la ampliación del contrato, será necesario formalizar el levantamiento del Acta Recepción de las obras.
Y para que conste y sirva como justificante de la ocupación previa descrita, se emite la presente acta suscrita por el Promotor, el Constructor, la Propiedad y la Dirección Facultativa en el lugar y fecha indicados.
ANEXO AL ACTA DE OCUPACIÓN DE LAS OBRAS
Detalle de las actuaciones pendientes de ejecución:
1. Ejecución completa del revestimiento superficial antideslizante a base de poliuretano bicomponente pigmentado de altas prestaciones aplicado sobre la solera exterior de base de las pistas deportivas, incluido el marcaje de las líneas que definen las pistas mencionadas.
2. Desplazamiento del sistema de lamas de protección solar y mosquiteras que cubren los huecos de fachada del pabellón deportivo a la cara exterior del cerramiento, incluidos los remates interiores y exteriores de los acabados superficiales.
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Se siguen con todas las gestiones y trámites necesarios para disponer de la mejora de infraestructuras educativas en el centro con el Pla Edificant.
Los tiempos transcurridos desde que se inició el Plan Edificant en el 2018 o los que será necesario recorrer hasta el fin de la obra los definen los requerimientos técnicos, la climatología (puede que llueva de nuevo) y los trámites que se exigen a las administraciones para cubrir las mejoras solicitadas a la Conselleria en el Pla Edificant, con la delegación de competencias para llevar a cabo la gran inversión realizada por la Conselleria con medios técnicos del Ayuntamiento, para este centro.